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El complemento de incapacidad temporal (IT) es una cantidad extra que la empresa añade a la nómina del trabajador que se encuentra de baja. La Seguridad Social cubre un porcentaje del salario durante la baja, pero no siempre llega al 100 %. Este complemento cierra esa brecha cuando el convenio colectivo así lo establece.
La Seguridad Social garantiza una prestación según la causa de la baja. Por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador cobra el 60 % de su base reguladora del día 4 al 20, y el 75 % a partir del día 21. Por accidente laboral o enfermedad profesional, cobra el 75 % desde el día siguiente a la baja.
El complemento IT en nómina es la cantidad que la empresa suma para acercar (o igualar) el cobro al 100 % del salario. Su existencia y porcentaje dependen del convenio colectivo, no de la ley.
No todos los trabajadores lo reciben. Solo aquellos cuyo convenio lo contemple. Estas son las situaciones que generan derecho a prestación por IT.
Enfermedad común, accidente no laboral, accidente de trabajo y enfermedad profesional. Desde 2023, también menstruación incapacitante secundaria, interrupción del embarazo y gestación a partir de la semana 39.
En una enfermedad común o accidente no laboral, la Seguridad Social no cubre los tres primeros días. Algunos convenios obligan a la empresa a abonarlos. Sin convenio que lo estipule, el trabajador no cobra nada esos días.
La pregunta más frecuente es quién paga el complemento IT. La respuesta tiene dos partes.
La empresa paga la prestación del día 4 al 15 como pago delegado de la Seguridad Social.
A partir del día 16, paga la Seguridad Social o la mutua. La empresa solo añade el complemento si el convenio lo exige.
El complemento siempre lo paga la empresa. Es un acuerdo recogido en el convenio, no una obligación legal general.
Ambos conceptos (prestación + complemento) aparecen desglosados en la nómina del trabajador.
Un trabajador con base reguladora diaria de 45 EUR está de baja 24 días por enfermedad común. Su convenio establece un complemento del 100 % a partir del día 21. Del día 4 al 20 cobra el 60-75 % según tramo (prestación de la Seguridad Social). Del día 21 al 24, cobra el 75 % de la SS más un 25 % que aporta la empresa. Ese 25 % sobre 4 días equivale a 45,16 EUR de complemento.
Muchos trabajadores no entienden por qué su nómina cambia durante una baja. Estos malentendidos son los más habituales.
Creer que siempre se cobra el 100 % durante una baja.
No saber que los tres primeros días pueden quedar sin cobertura.
Desconocer que el complemento depende del convenio.
Entender este concepto protege tus derechos laborales.
Verificar que tu nómina refleja el complemento correcto.
Saber qué porcentaje te corresponde según tu convenio.
Reclamar si la empresa no aplica lo estipulado.
El complemento IT es lo que la empresa paga por encima de la prestación legal para acercar tu cobro al salario completo. No es universal: depende de tu convenio. Revisarlo antes de una baja te evita sorpresas en la nómina.